Personajes Singulares de la Historia IV: HAMMURABI, El Legislador del Mundo Antiguo.

Parte Superior de la Estela: El Dios solar Shamash entrega a Hammurabi las leyes de su Código.


En Mesopotamia durante el III milenio a. C. encontramos sociedades urbanas estatales con estructura administrativa. Se trata de ciudades-estado gobernadas por un rey-sacerdote asistido de un complejo aparato burocrático y sacerdotal. Basadas en el templo como centro de poder, apareciendo las monarquías, los imperios y con ellos surge la Historia. Durante este III milenio, sumerios y acadios llevan a la civilización mesopotámica a la vanguardia del progreso técnico y de la organización social. No obstante, ya en el II milenio a. C., será nuestro protagonista HAMMURABI (1792-1750 a. C), rey de Babilonia, él que da un paso más en la complejidad, con el desarrollo de todo un prístino código legislativo. Un rey legislador que será la base del llamado Imperio Babilónico, con su capital Babilonia, una ciudad antes sin importancia, pero que con Hammurabi toma el relevo de Akkad y Ur convirtiéndose en el centro del mundo mesopotámico. Así cuando Hammurabi accede al trono sucediendo a su padre Sin-Muballit, Babilonia era un reino modesto (50 km.). Sin embargo desarrolla una hegemonía social, política y militar, con una serie de campañas militares desde el 1787 a. C. Tomando primero Ur y Uruk, para luego conquistar el reino de Mari (1761) y la zona del Tigris y Asiría, proclamándose rey de Sumer y Akkad y dominando toda Mesopotamia. Pero ha pasado a la historia por su labor como legislador, y la creación de su famoso Código de Leyes, la famosa Estela de Hammurabi (1755 a. C.). Encontrada por Jacques de Morgan en Susa (1901), se trata de una inscripción de caracteres cuneiformes de carácter conmemorativo, que en sentido estricto no es un código legal es una serie de normas precisas aplicadas a situaciones particulares. En el texto se insertan toda una serie de disposiciones que afectan a todas las facetas de la vida social y económica.


El Imperio Babilónico de Hammurabi de 1792 a 1750 a. C.


Un Código legislativo conmemorativo en el que se ensalza las actividades organizativas y legislativas de Hammurabi, un monarca que deseaba pasar a la Historia por su labor legislativa. Un hecho que se atestigua en el epílogo cuando exige que “las palabras de justicia que he escrito sobre mi estela sean respetadas en el futuro por todos los monarcas sucesivos”. Unas palabras de justicia que no son del todo originales, al formar parte de una larga tradición que parte de las ciudades sumerias del III milenio, destacando a UR, cuyos reyes pusieron sus normas por escrito siglos antes que Hammurabi. Se trata de una jurisprudencia que se completaba con la experiencia diaria, con las situaciones determinadas que requerían la intervención del rey. Un Código basado en la famosa ley del Talión, “ojo por ojo, diente por diente”, la justicia más allá de la venganza. Como se atestigua en la Ley 6Si uno robó el tesoro del dios o del palacio, recibirá la muerte y el que hubiere recibido de su mano el objeto robado, recibirá la muerte”. Dicha obra legislativa parece que se hallaba extendida, en distintas estelas, por todo el reino, ya que era un rey que lo controlaba todo, hasta los más mínimos asuntos de su administración. Siendo el rey en persona el que administraba justicia y supervisaba cada caso. En palabras del propio Hammurabi “... Que el individuo que sufra una ofensa (…) acuda ante mi estatua de rey de justicia, que lea mi estela inscrita, que escuche mis muy preciadas palabras y que mi estela le releve la solución a su proceso…


La Estela: Bloque de diorita negra pulida de 2,25 m. de altura.


Además ofrece una completa visión de la sociedad babilónica, que era tripartita, ya que cada individuo tenía unos derechos y obligaciones según su estrato social. En la babilonia de Hammurabi había tres grandes categorías sociales: los awilium o aristocracia palacial; los muskenum, los no pertenecientes a la administración palacial, una especia de cajón de sastre, que incluía a ricos y pobres. Y los wardum o esclavos, inferiores y servidores, según el Código la huída de esta condición, estaba castigada con la pena de muerte. La obra de Hammurabi pone de manifiesto la existencia de diferentes formas de vida en el Imperio Babilónico: una urbana y sedentaria, y otro pastoril y nómada. Otro elemento regulado por el Código era la familia, por lo que sabemos que la monogamia era el régimen habitual, no obstante, sobre todo cuando la esposa no podía ofrecer descendencia, se admitía la existencia de concubinas subordinadas a la primera esposa. Igualmente regulaba la infidelidad, que sólo se contemplaba en el caso de la mujer, siendo sancionada con la muerte. Algo sorprendente es que se contemplaba la adopción, como un elemento esencial del derecho familiar. Un Código que regula, en definitiva, toda la vida familiar y social de Babilonia.


La Estela de Hammurabi en el Museo del Louvre, París.


En conclusión el rey Hammurabi, durante sus cuarenta y dos años de reinado, transformó la modesta ciudad de Babilonia en una verdadera potencia hegemónica sobre Mesopotamia. Gracias, en parte, a su extraordinaria labor como legislador, elaborando un Código de leyes concretas, que nos revela una sociedad babilónica muy compleja y con altísimo grado de especialización. Una sociedad babilónica que, en esos momentos, era vanguardia el progreso mundial, y estaba gobernada por un rey, que ante todo era fuente suprema de justicia y poder.

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